¿CONOCES LOS DEBERES DE UN INQUILINO?

Cuando tomas la decisión de arrendar una propiedad no solo te comprometes como familia a pagar el canon mes a mes, sino que la ley exige a los inquilinos cumplir con una serie de obligaciones.

Acá te contamos cuáles son esos deberes que tienes a partir de que firmas el contrato de arrendamiento, la idea es que no tengas ningún contratiempo después.

El alquiler siempre es una buena opción de vivienda, pero con esta decisión también llegan deberes que deben ser tomados con responsabilidad para mantener en las mejores condiciones ese hogar. Según la ley estos son algunos de los compromisos que se adquieren:

6 Tips para los Inquilinos:

  1. Cuando seas inquilino no podrás darle un uso diferente al que se acordó inicialmente con el dueño de la propiedad, en caso de hacerlo, el dueño podrá poner fin al contrato de manera inmediata o exigir una indemnización por perjuicio. Por eso, si vas a utilizar ese inmueble para otra cosa a la que inicialmente se pactó, te aconsejamos consultarlo antes con el arrendador.

  2. El estado de la propiedad: Como arrendatario deberás mantener en buen estado el inmueble, si llegase a suceder un daño grave o permanente, deberás asumir los costos de los arreglos. Para este caso, también es válido que el dueño de la propiedad finalice el contrato.

  3. Si cuando te entreguen la propiedad, necesita pintura, electricidad, carpintería, plomería o un acabado en general, este deberá ser asumido por el arrendador ya que está estipulado en el contrato que él debe hacer la entrega del inmueble en perfecto estado.

  4. Una de las obligaciones más importantes, es cancelar de manera oportuna el arriendo de la vivienda en las fechas establecidas, en caso de no hacerlo, el dueño de la propiedad podrá exigir el correspondiente interés por mora.

  5. El arrendatario podrá finalizar el contrato siempre y cuando se hable con el arrendador y éste estipule una fecha límite de entrega del inmueble, si tu como inquilino decides hacerlo sin previo aviso, deberás cancelar la indemnización correspondiente y adicional el pago del canon de arrendamiento por el tiempo que permaneciste habitando la vivienda.

  6. Importante: No se puede arrendar o subarrendar la propiedad a otras personas a menos que esto se haya establecido antes en el contrato. Si tomas la decisión de hacerlo sin avisarle al dueño, éste podrá tomar las medidas pertinentes del caso.

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