¿Está la administración incluida en el canon de arrendamiento?

¿Quién debe pagar la administración de un inmueble en arriendo?

Si vives en un apartamento o una casa en unidad cerrada recuerda que dicho inmueble puede tener que pagar administración de acuerdo al régimen de propiedad horizontal regido por la ley 675 de 2001. Las obligaciones y derechos del mismo están mencionados en la ley 820 de 2003 sobre los contratos de arrendamiento.

Según el artículo 29 de la ley 675 de 2001, los arrendatarios, actuales tenedores del inmueble, y los propietarios deben asegurarse de pagar la cuota de administración prevista por la asamblea general.

¿Quién debe asumir el cargo?

Lo ideal es que entre arrendatario y propietario se pongan de acuerdo en quién debe asumir los costos de administración. Sin embargo, dicho acuerdo debe estar estipulado en el contrato de arrendamiento que se genere para dicho negocio.

La razón por la cual se paga una cuota de administración se debe a que cuando se arrienda un inmueble se ceden temporalmente los beneficios del uso del inmueble al igual que el uso de las zonas comunes dentro de las cuales se encuentra la propiedad en arriendo. Debido a que el arrendatario se ve beneficiado por el uso de estas últimas, es válido que pueda tener injerencia en el pago de dicha administración.

De todas formas, lo que se acostumbra cuando un inmueble está arrendado a través de una agencia inmobiliaria, es que dicho costo de administración está incluido en el canon de arrendamiento. Sin embargo, si existe la necesidad de pagar una cuota extraordinaria de administración debido a circunstancias improvistas, el arrendador o propietario debe asumir dichas cuota ya que esta no corresponde a la normalidad del uso del inmueble.

Para Tener en Cuenta

Si un inquilino no cancela el canon de arrendamiento, que incluye las cuotas de administración, o servicios públicos, este hecho puede considerarse como causal para la terminación de un contrato según está estipulado en la ley 820 del 2003. Adicionalmente, el propietario está protegido para terminar unilateralmente el contrato de arrendamiento si el arrendatario incumple con normas presentes en el reglamento de propiedad horizontal.

Si un inmueble sufre daños imprevistos que no corresponden al uso común por parte del arrendatario, la aseguradora corre con la obligación de cancelar los cánones de arrendamientos que el propietario dejase de percibir incluyendo las cuotas de administración acordadas.

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